Democracia Radical Web


Desarrollo democrático en España


Introducción
Elecciones al Legislativo
Elecciones al Ejecutivo
Elecciones al Judicial
Jueces del Tribunal Supremo
Tribunal Constitucional
Constitución
Reforma Constitucional
Elecciones a la Jefatura del Estado
Emisoras de TV y radio
Elecciones primarias de candidatos
Junta Electoral Central
Disolución del Legislativo
Cese del Ejecutivo
Referéndum
Iniciativa popular al referéndum
Derecho de autodeterminación
Iniciativa popular legislativa
Iniciativa popular a la derogación de leyes
Iniciativa popular a la ratificación de tratados internacionales
Iniciativa popular a la revocación de cargos electos
Comisiones parlamentarias de investigación
Consejo de Ministros
Fiscal General
Administración civil
Cúpula militar
Declaración de guerra
Servicios secretos
Defensor del Pueblo
Libertades públicas
Publicidad de la vida pública
Democracia laboral
Mecanismos auxiliares al sistema electoral


Introducción

Resulta aburrido, día tras día, escuchar a líderes mediáticos y políticos calificar el actual Régimen como democrático. Simplificación, ignorancia, o colaboracionismo. Sin embargo, Democracia no es el disfrute de algún grado de libertad pública (expresión, huelga, manifestación,...), ni siquiera la inalcanzada justicia social. Por eso, no son democráticas las "partitocracias" actuales que esparcen como migajas libertades públicas. Por eso mismo, no son democráticos los regímenes comunistas que han alcanzado las máximas cotas de igualdad de oportunidades.

Tras varias décadas de Engaño podemos descalificar globalmente al actual Régimen que se autoproclama democrático. Más alla de un manojo de libertades públicas (manifestación, huelga, ...), taradas o pobremente desarrolladas, lo cierto es que la sociedad española disfruta de una única libertad política: la que permite elecciones a asambleas y corporaciones legislativas. Todas las demás libertades políticas se encuentran prohibidas. Pero incluso, la única libertad política de elecciones legislativas se desarrolla sobre un  sistema electoral de listas cerradas, sin primarias, y con el triste título de ser uno de los sistemas electorales menos proporcionales (votos/escaños) entre los sistemas de listas.

Frente al modelo hegémonico de las democracias liberales, los mecanismos de democracia directa (referendum vinculante, iniciativas populares, presupuesto participativo, autodeterminación, control de la guerra, ...) están demostrando tener un valor democrático muy superior. Pero en España, la constitución que sufrimos los prohibe, bloqueando su nacimiento. La convivencia de la Democracia Directa con la indispensable Democracia Representativa es uno de los grandes objetivos de los demócratas radicales.

Por otro lado, la separación de poderes (asi como la creación de otros nuevos poderes independientes) es uno de los temas centrales en la creación de verdaderas democracias. De nuevo, la cacareada constitución formaliza un estado monolítico sin separación de poderes. Un Poder es independiente si y solo si es elegido directamente. No puede ser destituido o disuelto si no es por iniciativa y/o refrendo popular -expresión dinámica del Poder Constituyente. Todo lo demás son milongas de telediario. Y es que Democracia es llanamente, ser capaces de nombrar y cesar a varios poderes independientes. Ser efectivamente capaces. Hoy, vivimos una amarga experiencia, en la que nos limitamos a prorratear, mediante votación, las listas redactadas por las cúpulas de los partidos. A partir de ahí, se genera un Estado monolítico.

En el caso español, cabría añadir el esperpento de una Jefatura del Estado masculina, hereditaria, que ostenta claramente el máximo generalato militar, una increible intangibilidad juridica, y un asfixiante culto mediático. No parece importarles a nuestros demócratas de telediario que el Jefe del Estado fuera nombrado por el general rebelde Franco, que nunca haya existido una explícita ratificación popular, y que su hijo vaya a ser nuestro próximo Jefe de Estado.

Para los optimistas no olvidaremos alguna palabra de alivio. Por supuesto que se aprecian claramente las diferencias con una dictadura. Pero este Régimen sólo merece ser calificado como predemocracia (como el resto de las autoproclamadas democracias en el modelo hegemónico). Se ha estabilizado negándose a crecer, desarrollando multiples formas de control de la población y mecanismos ventajistas en los procesos electorales.

En la medida en que el Régimen no es democrático, está deslegitimado para utilizar la Fuerza contra los ciudadanos. En esa misma medida, el colaboracionismo de los medios de comunicación los convierte en los medios de propaganda del Régimen.

Se niegan a construir una democracia por que en realidad no creen en ella. Las élites han sustituido la Fuerza por el Engaño. Si tienes dudas, juzga por ti mismo:


Elecciones al Legislativo. Los diputados al Parlamento (o los concejales al ayuntamiento) se eligen indirectamente. Se alcanza la categoría de candidato sólo si se es situado por las cúpulas de los partidos en la listas electorales -no existe otra posibilidad para ser elegido diputado. Tras las elecciones, diputados y concejales ejecutan los pactos y cualquier otra decisión de sus élites. La desobediencia es castigada, como mínimo, con la exclusión de las siguientes listas electorales.  A pesar de todo, las elecciones al Legislativo son la acción más "soberana" que podemos ejercer. El resto de las instituciones se generan por sucesivas indirecciones.

Elecciones al Ejecutivo. No existen. El Presidente del Gobierno (por abreviar, el Pte.) se elige mediante una nueva indirección. Los afiliados al partido que lograron ser diputados eligen al líder que los incluyó en las listas. Obviamente.

Elecciones al Judicial. No existen. Su máximo órgano, el Consejo General del Poder Judicial, CGPJ, es elegido por el Legislativo. En realidad, es de dominio público que sus miembros y presidente son pactados por las cúpulas de los partidos, el Parlamento escenifica el acuerdo de los líderes. En Junio/2001 se realizó una mínima y estética reforma  (las asociaciones de jueces proponen al Legislativo 36 candidatos para cubrir 12 de los 20 miembros del CGPJ), que no afronta el problema central.

Jueces del Tribunal Supremo. Nombrados por el CGPJ. Se sospecha que pueden ser también pactados. Impresionante sospecha.

Tribunal Constitucional. Nombrado por Legislativo, Ejecutivo y CGPJ. Es decir, cara y cruz de una misma moneda. Produce escándalo público el chalaneo de los líderes en el nombramiento de sus miembros. El triste espectáculo se repite en el Tribunal de Cuentas. ¡Hasta la Real Academia de la Lengua procura respetar las "cuotas"!

Constitución. Con varias décadas de ejercicio se ha demostrado un documento inoperante y perjudicial. Fosilizada en la "transición franquista", impide o desactiva cualquier ejercicio democrático que no sean las elecciones legislativas. Los derechos de Democracia Directa están prohibidos (con una alguna mínima excepción). No existe verdadera separación de poderes, todos ellos dependen institucionalmente de la Función Legislativa, vinculada firmemente a las élites de los partidos.

Reforma Constitucional. Prohibida a la iniciativa popular. Increible prohibición. El actual procedimiento de reforma constitucional es tan complejo e inviable que puede considerarse inexistente. No se contempla, quedando por ello prohibido, la apertura de procesos y/o asambleas constituyentes. Este blindaje frente al Poder Constituyente popular conlleva una fuerte pérdida de legitimidad de todo el actual Régimen.

Elecciones a la Jefatura del Estado. No existen. Es hereditaria (se admiten carcajadas). El actual Jefe de Estado fue nombrado por el general Franco y nunca ha sido explícitamente ratificado por el pueblo. Esta es nuestra libertad real.

Emisoras de TV y radio. Requieren de autorización política (no relacionada con los requisitos técnicos). Prohibición expresa para abrir más emisoras de TV. La ausencia de libertad de difusión forma parte del actual mecanismo de propaganda y engaño a la población.

Elecciones primarias de candidatos. No están protegidas constitucionalmente, ni por ninguna ley. Sólo hay o ha habido algunos experimentos particulares que no merecen el nombre de primarias.

Junta Electoral Central. Nombrada por el CGPJ y el Congreso. Un ejemplo de su inoperancia: esta institución se encuentra incapacitada por la Ley Electoral para anular las elecciones nacionales de 1989, a pesar de la sentencia del Tribunal Supremo (1997) sobre el caso Filesa demostrando que el partido ganador disfrutó la ventaja que dan más de 1.000 millones procedentes del chantaje sobre grandes empresas.

Disolución del Legislativo. Responsabilidad exclusiva del Pte. No puede ser propuesta, ni forzada por iniciativa popular.

Cese del Ejecutivo. Por moción de censura. No puede ser propuesto, ni forzado por iniciativa popular.

Referéndum. Consultivo, nunca vinculante. Increible prohibición. Sólo puede ser convocado por el Pte.

Iniciativa popular al referéndum. No existe. Derecho reservado al Pte.

Derecho de autodeterminación. No existe. Los efectos están sangrientamente a la vista.

Iniciativa popular legislativa. Prohibida expresamente para modificaciones de la Constitución, Ley Electoral y demás leyes orgánicas. El Parlamento puede incluso rechazar la tramitación (como así ha ocurrido en la mayoría de los casos). Este derecho, junto con la iniciativa al referéndum, es de vital importancia.

Iniciativa popular a la derogación de leyes.
No existe. Se encuentra prohibida.

Iniciativa popular a la ratificación de tratados internacionales.
No existe. Se encuentra prohibida.

Iniciativa popular a la revocación de cargos electos.
Una vez más, no existe. Los demócratas españoles presenciamos con envidia como la nueva constitución venezolana incorpora estas libertades políticas.

Comisiones parlamentarias de investigación. Aunque de obligada comparecencia, es posible mentir impunemente al no prestarse juramento. Sus conclusiones no son vinculantes para nadie. Es decir, son completamente inoperantes.

Consejo de Ministros. Nombrado por el Pte. sin ratificación parlamentaria.

Fiscal General. Nombrado por el Pte. sin ratificación parlamentaria. El Fiscal General nombra y cesa, sin control ninguno, los principales fiscales. Su independencia es un sarcasmo.

Administración civil. Miles de subsecretarios, directores generales, gestores de empresas públicas, etcétera... nombrados por el Pte. sin ratificación parlamentaria.

Cúpula militar. Nombrada por el Pte. sin ratificación parlamentaria. La justicia militar, con similares prerrogativas que la justicia civil, es nombrada por el Pte. sin control ninguno. Acojona.

Declaración de guerra. Según nuestra triste constitución, por iniciativa del Rey con autorización del Legislativo. A pesar de ello, la entrada en guerra con Serbia en 1999 se consideró una "misión de paz" a la que no le era aplicable esta mínima norma constitucional. No puede ser vetada o ratificada por iniciativa popular (¡que no cunda el pánico en el local!). Se añora el artículo 6º de la Constitución de nuestra II República: "España renuncia a la guerra como instrumento de política nacional".

Servicios secretos. Nombrados por el Pte. Sin regulación legal. No están sometidos a control efectivo, ni parlamentario ni judicial. Se sospecha que son verdaderos sumideros de delincuencia.

Defensor del Pueblo. Cargo, de bonito nombre, completamente inoperante.

Libertades públicas. Migajas que no compensan tanta mentira. Frecuentes apaleamientos de pacíficos manifestantes "no autorizados". Libertad de expresión sepultada por la ausencia de libertad de difusión. Libertad de huelga tarada por la ausencia de corresponsabilidad (empresa/trabajador) en los servicios mínimos. Y un aburrido etcétera.

Publicidad de la vida pública. Secretismo hasta en la más pequeña actividad administrativa. Eslabón indispensable en millones de enchufes y corruptelas. Seguro que te suena.

Democracia laboral. El ámbito laboral esta gobernado masivamente por la propiedad privada. Jefes y responsables son elegidos directamente por los propietarios. Obviamente, la ética profesional se subordina a la lógica del beneficio. La representación laboral se reduce a las elecciones sindicales, elecciones de listas sin posibilidad de acceso a candidatos a título personal. Los presupuestos sindicales dependen del propio Régimen en más del 80%.

Mecanismos auxilares al sistema electoral. Destaca la ausencia de la obligatoriedad del uso de las cabinas: el voto secreto es pura retórica, especialmente para aquellos individuos que realmente lo necesitan. Las listas de los votantes no son destruidas lo que permite identificar el voto con una granularidad tan baja como 500 personas.